JURADO
ELECTORAL ESPECIAL DEL SANTA
RESOLUCION
N° 0005-2014-JEE-DEL SANTA/JNE
EXPEDIENTE
N° 0231-2014-007
Nuevo Chimbote, 17 de septiembre de 2014
VISTA la
nulidad deducida por el personero legal de la organización política Partido
Popular Cristiano, contra la Resolución N° 002-2014-JEE DEL SANTA.
CONSIDERANDO
Con fecha 05 de septiembre de 2014, el personero legal del Partido Popular
Cristiano solicita la nulidad de la Resolución N° 002-2014-JEE DEL
SANTA, mediante la cual, se declaró improcedente la solicitud de inscripción de
la lista de candidatos al Concejo Distrital de Macate, presentada por la organización política a la que
representa.
De la revisión
del expediente, se advierte que contra dicha resolución, el recurrente interpuso
recurso de apelación, con fecha 26 de julio de 2014, el mismo que mediante
Resolución N° 003-2014-JEE DEL SANTA fue concedido, disponiéndose se eleven los
actuados al Jurado Nacional de Elecciones para su pronunciamiento; siendo que,
a través de la Resolución N° 1395-2014-JNE, de fecha 12 de Agosto de 2014, el
Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró INFUNDADO el recurso de
apelación interpuesto, CONFIRMANDO la apelada.
El artículo
360 del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al presente proceso,
establece la prohibición de interponer dos recursos contra una misma resolución;
en ese sentido, y conforme se ha señalado en los considerandos precedentes, el
personero legal del Partido Popular Cristiano hizo valer su derecho de
impugnación, presentando recurso de apelación contra la Resolución N° 002-2014-JEE DEL SANTA,
por lo que, ya no puede hacer valer otro recurso contra ésta; en consecuencia,
deberá declararse improcedente la nulidad deducida.
Por lo expuesto, el Pleno del Jurado
Electoral Especial Del Santa, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo único.- Declarar
IMPROCEDENTE la nulidad deducida por el personero legal del Partido
Popular Cristiano, contra la Resolución N° 002-2014-JEE DEL SANTA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VIZCARRA TINEDO
JAVIER
MELGAREJO
RAMON
CRUZ
Loloy
Garcia
Secretaria
mccr