PROGRAMACION - FIESTA PATRONAL DE MACATE 2017
Publicado por Antonio Arteaga el dia jueves, julio 27, 2017
MATEMATICAS EN CHIMBOTE Y NUEVO CHIMBOTE
Publicado por Antonio Arteaga el dia jueves, julio 20, 2017
Etiquetas: MATEMATICAS EN CHIMBOTE
MACATE: JNE REMITE ESCRITO DE JESUS MELGAREJO, SOLICITUD DE ADHESION A LA VACANCIA DE ERIKA PEREZ RUIZ, AL CONCEJO DISTRITAL DE MACATE PARA SU CALIFICACION Y PRONUNCIAMIENTO
Publicado por Antonio Arteaga el dia jueves, julio 13, 2017
Etiquetas: Vacancia de ALCALDESA de MACATE
MACATE: SIGUE EL NEGOCIO POLITICO DE "CHALACO", QUIEN PIDE AL JNE ADHESION AL PROCESO DE VACANCIA CONTRA ERIKA PEREZ RUIZ
Publicado por Antonio Arteaga el dia jueves, julio 13, 2017
Etiquetas: Vacancia de ALCALDESA de MACATE
PROMOTOR DESISTE DE LA VACANCIA DE LA ALCALDESA DE MACATE
Publicado por Antonio Arteaga el dia martes, julio 11, 2017
Etiquetas: Vacancia de ALCALDESA de MACATE
JEE HUARAZ CONVOCA A LA ENTREGA DE CREDENCIALES A LOS NUEVOS REGIDORES ACCESITARIOS DE MACATE
Publicado por Antonio Arteaga el dia jueves, julio 06, 2017
PROCESO DE REVOCATORIA QUE SE LLEVO CON EL EXPEDIENTE No 00052 - 2017 - 003.
CONVOCA
A LOS NUEVOS REGIDORES, QUE REEMPLAZARAN A LOS REVOCADOS, SIENDO LAS SIGUIENTES PERSONAS LOS LLAMADOS:
CESAR JULIO PORTAL CASTRO
RUBER ANGEL CARBAJAL GONZALES
SAIRA NATALY TAMARIZ ALVARADO
CIRILO BERNABE ALVA CALLAN
SANTOS WILDER AGREDA CANTINET
QUIENES COMPLETARAN EL PERIODO DE GOBIERNO MUNICIPAL 2015 - 2018
EXITOS EN SU GESTION,
Etiquetas: REVOCATORIA ALCALDESA DE MACATE
CONSTRUCTORES Y EJECUTORES ALPAMAYO S.A.C. NUEVAMENTE GANA OBRA EN MACATE
Publicado por Antonio Arteaga el dia miércoles, julio 05, 2017
COMO SE COMENTO, COMENZO EL CAMBIO EN LA EJECUCION DE OBRAS Y SE PREDIJO EL GANADOR FUE LA EMPRESA CONSTRUCTORES Y EJECUTORES ALPAMAYO S.A.C.
COMO SIEMPRE CUMPLIENDO LAS NORMAS EN PRIMER LUGAR SE PRESENTARON 3 EMPRESAS, LUEGO SOLO UNA PRESENTO SU OFERTA Y FUE LA GANADORA, ASI DE SIMPLE Y OCUPO EL PRIMER LUGAR.
SIENDO EL VALOR REFERENCIAL DE S/ 302,741 DANDOLE EL COMITE DE SELECCION LA BUENA PRO POR EL MONTO DE S/ 315,241. SI EN LUGAR DE BAJAR SUBIO EL MONTO.
PERO EL MONTO ECONOMICO DEL PERFIL ES DE S/ 250,566 Y SI DESCONTAMOS EL PRECIO DEL EXPEDIENTE TECNICO Y LA SUPERVISION EL MONTO REAL SERIA LA CANTIDAD DE S/ 232,566.
BUENO EL COMITE DE SELECCION DEL PIP " MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SISTEMA DE RIEGO DEL C.P. SANTA ROSA DE PAQUIRCA - MAREPAMPA. DISTRITO DE MACATE - SANTA - ANCASH" Y ESTUVO CONFORMADO POR:
ING EDUARDO ENRIQUE QUEZADA VASQUEZ ....PRESIDENTE
ING. CARLOS ALBERTO BLANCO VASQUEZ..........1er MIEMBRO
ING CARLOS ENRIQUE MINCHOLA LAVADO.........2do MIEMBRO
SE CONTRUIRA UNA CAPTACION DE MANANTIAL,UN PEQUEÑO RESERVORIO DE 25 MT DE LARGO POR 20 MT DE ANCHO POR 2 MT DE ALTURA HACIENDO UN TOTAL DE 1000 MT CUBICOS QUE SERA RECUBIERTO CON UNA LONA GEOTEXTIL, EL CANAL SERA ENTUBADO DE UNA LONGITUD DE 1,703 METROS DE 4 PULGADAS DE DIAMETRO, 07 ROMPE PRESION, 24 TOMAS LATERALES DE 0,30 MT X O,65 MT Y OTROS.
SIGUE LA VACANCIA DE ERIKA PEREZ RUIZ ALCALDESA DE MACATE
Publicado por Antonio Arteaga el dia martes, julio 04, 2017
- Mediante escrito,
de fecha 5 de mayo de 2017, Juan Escobedo Loyola formuló queja por
defectos de tramitación (fojas 1 a 4) en contra de Érika Nazareth Pérez
Ruiz, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Macate, provincia del
Santa, departamento de Áncash, por defectos de tramitación en el marco del
procedimiento de vacancia interpuesto en su contra en el cargo de regidora,
que anteriormente ostentaba, por la causal establecida en el artículo 22,
numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en
adelante, LOM).
- Refiere que el 13
de marzo de 2017 fue notificado para asistir a la sesión de concejo
extraordinaria del 20 de abril de 2017, por el contrario, los regidores no
fueron notificados y la alcaldesa abusando de su poder no asistió en la
fecha convocada.
- Posteriormente, asistió
a la sesión, de fecha 3 de mayo de 2017, pese a no haber sido notificado,
pero la misma también fue postergada para una fecha en que la alcaldesa
crea conveniente, bajo el argumento de que al ser ella infractora no
podría solicitar las pruebas requeridas mediante Resolución N.°
0033-2017-JNE, a lo cual atribuye que existió colusión entre la autoridad
municipal con su personal de confianza y su abogado.
- Que estos actos
dilatorios atentan contra la estabilidad jurídica y el principio de
legalidad, toda vez que en reiteradas oportunidades la alcaldesa viene
haciendo caso omiso a las disposiciones de este órgano electoral y que,
según refiere, pareciera que cuenta con el aval del Jurado Nacional de Elecciones
porque pese a no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución
N.° 0641-2016-JNE, la ha premiado emitiendo la Resolución N.°
0033-2017-JNE, reiterándole que realice las diligencias anteriormente
ordenadas, cuya respuesta ha venido siendo postergada por el ente
municipal.
- Finalmente, señala
que han transcurrido más de dos años desde que ha presentado su solicitud
sin haber encontrado justicia administrativa, razón por la cual solicita que
se remitan los actuados al Ministerio Público para que evalúe la conducta
de la parte quejada.
- A fojas 12, se
observa que la máxima autoridad edil fue notificada con el traslado de la
queja el 15 de mayo de 2017 a través del Oficio N.° 01429-2017-SG/JNE, en
tal sentido, al haber transcurrido en plazo otorgado más el término de la
distancia sin que se haya presentado la absolución, corresponde emitir
pronunciamiento.
- El artículo 158, numeral 158.1, de la Ley N.° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General (en adelante, LPAG), señala que la
queja por defectos de trámite procede especialmente, contra los actos que
supongan paralización, infracción de los plazos establecidos legalmente,
incumplimiento de los deberes funcionales u omisión de trámites que deben
ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto en la
instancia respectiva. La
queja constituye un remedio que la ley otorga a los interesados con la
finalidad de que se corrijan o enmienden las anomalías denunciadas que se
producen en el trámite del procedimiento en el que son parte.
- En el caso que nos ocupa, se denuncia la conducta dilatoria por parte
de la máxima autoridad edil en dar cumplimiento a los mandatos emitidos
por este órgano electoral a efectos de resolver la solicitud de vacancia. Por
ello, para poder dilucidar si en efecto ha existido retardo, analizaremos
el trámite del procedimiento a partir del último pronunciamiento expedido,
es decir, la Resolución N.° 0033-2017-JNE, de fecha 19 de enero de 2017,
que declaró nulo el acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria de
Concejo N.° 006-2016-MDM, del 3 de octubre de 2016, a través del cual se
rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por la entonces regidora
Érika Nazareth Pérez Ruiz y, en consecuencia, se aprobó su vacancia, por
la causal establecida en el artículo 22, numeral 8, de la LOM.
- Al respecto, a fojas 349 y 350 del Expediente N.° J-2015-00290-A02,
obran los cargos de notificación de la referida resolución dirigidas al
concejo distrital y a la alcaldesa, recibidas por la Mesa de Partes de la
Municipalidad Distrital de Macate, el 6 de marzo de 2017, de lo cual se
colige que existe un retardo en el trámite del procedimiento de vacancia,
puesto que el plazo de treinta días hábiles que tenía el concejo para
pronunciarse venció el 19 de abril de 2017, conforme a lo dispuesto en el
artículo 23 de la LOM.
- Cabe agregar que si bien desde la fecha de recepción del expediente, se
han convocado a dos sesiones, de modo alguno puede ser convalidado como acciones
tendientes a dar cumplimiento a lo requerido en autos, toda vez que
previamente a realizar la convocatoria debió acopiarse la documentación
señalada en la Resolución N.° 0033-2017-JNE, correr traslado al
solicitante y a la autoridad edil cuestionada a fin de salvaguardar el
derecho de defensa e igualdad entre las partes, así como ponerla a
disposición de los demás integrantes del concejo municipal, acciones que
no han sido acreditadas en autos, motivo por los cuales resulta fundada la
queja interpuesta.
- Respecto al argumento de que este órgano electoral estaría avalando el
proceder dilatorio del municipio, debe señalarse que cada uno de los pronunciamientos
emitidos en mérito a los recursos de apelación interpuestos por el
solicitante (Resolución N.°
0641-2016-JNE y N.° 0033-2017-JNE) contienen una exposición de
motivos individual basada sobre el análisis de lo actuado sometido a
consideración en el determinado estadio procedimental, siendo que en ambas
oportunidades ha resultado insuficiente el material probatorio existente para
poder adoptar una decisión arreglada a derecho y así poder garantizar un
debido procedimiento, por lo tanto, este Tribunal rechaza de forma
categórica la suspicacia surgida en el solicitante que pone en tela de
juicio la imparcialidad en la administración de justicia electoral.
- Por consiguiente, en consideración al tiempo transcurrido en autos,
corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado en el artículo
segundo de la Resolución N.° 0033-2017-JNE, de fecha 19 de enero de 2017, sin
perjuicio de requerir al concejo municipal para que dentro del tercer día
de notificado cumpla con lo ordenado en dicha resolución, bajo
apercibimiento de volver a cursar copia de los actuados al Ministerio
Público a efectos de que evalúe la conducta de la alcaldesa municipal.
Señor PAULINO PEREZ RUPAY, si los funcionarios pusieron la suya en la compra de cerveza, para participar su alegría no es para que saque en cara diciendo que ellos te invitan a condición. A condición de que, se puede saber.
Etiquetas: Vacancia de ALCALDESA de MACATE
Carnaval Macatino 2017 en Puente Piedra
Publicado por Antonio Arteaga el dia domingo, julio 02, 2017
Etiquetas: USOS Y COSTUMBRES DE MACATE
Carnaval Macatino en Puente Piedra 2017 - Ingreso de la Banda Show Sinfo...
Publicado por Antonio Arteaga el dia sábado, julio 01, 2017
Etiquetas: USOS Y COSTUMBRES DE MACATE
URPISH- MARIELA SANCHEZ EN HUÁNUCO- PERU - HD
Publicado por Antonio Arteaga el dia sábado, julio 01, 2017