LA VACANCIA DEL ALCALDE MACATE SIGUE MEDIANTE UNA APELACION









Expediente No 2012 1070
MACATE SANTA ANCASH

AUTO N.° 2  

Lima, diez de abril de dos mil trece

VISTO el expediente de traslado de solicitud de vacancia presentado por Macario Nicolás Zegarra Villanueva en contra de Víctor Rogelio Arteaga Martínez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Macate, provincia del Santa, departamento de Áncash, por supuestamente incurrir en la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

CONSIDERANDOS

1.    Por medio del Auto N.° 1, de fecha 15 de agosto de 2012, se corrió traslado de la solicitud de vacancia al citado concejo distrital, generándose el presente expediente, con el objeto de  documentar y verificar su trámite.

2.    Recibida la solicitud de vacancia en la citada municipalidad, esta se declaró improcedente mediante el Acuerdo de Concejo N.° 012-2013-MDM, de fecha 1 de marzo de 2013. Contra dicho acuerdo, el solicitante interpuso recurso de apelación.

3.    En tal sentido, la Municipalidad Distrital de Macate elevó al Jurado Nacional de Elecciones el mencionado recurso de apelación, generando así el Expediente N.° J-2013-0433.

4.    En consecuencia, al haber cumplido con el procedimiento respectivo en el presente expediente de traslado, corresponde disponer su archivo y agregarlo como acompañado al expediente en que se tramita la apelación.
                                                        
Por lo tanto, en virtud de lo dispuesto por Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, de fecha 24 de enero de 2013, que otorga facultades a los magistrados que a continuación suscriben, estos, en uso de sus atribuciones,

RESUELVEN

Artículo único.- Disponer el ARCHIVO del presente expediente y AGREGARLO como acompañado al Expediente N.° J-2013-0433.

SS.

LEGUA AGUIRRE



VELARDE URDANIVIA



Bravo Basaldúa
Secretario General                                                                                                  
agon